Antonio Vega / ileon.com
Lunes, 10 de Octubre de 2016

En el aire el coste del IBI de 2017 en 10 municipios de nuestras comarcas

La actualización de los valores catastrales, que sirven como base para el cálculo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), queda en el aire si no hay Ley de Presupuestos 2017. Afecta a Brazuelo, Carrizo, Encinedo, Luyego, Riego de la Vega, San Justo, Santa Marina del Rey, Val de San Lorenzo, Villagatón y Villarejo de Órbigo.

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En tiempos de elaboración de presupuestos y previsiones de ingreso en los ayuntamientos leoneses la incertidumbre se asoma en las cuentas públicas de Brazuelo, Carrizo, Encinedo, Luyego, Riego de la Vega, San Justo, Santa Marina del Rey, Val de San Lorenzo, Villagatón y Villarejo de Órbigo. Forman parte de los 67 municipios de la provincia, que son a los que el Ministerio de Hacienda ha autorizado que apliquen una actualización de los valores catastrales en el municipio para el próximo año 2017, conocido popularmente como 'catastrazo'.

 

Los valores catastrales son la base imponible del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), una importante fuente de ingresos para las arcas municipales. Este impuesto puede incrementarse bien por la actualización de esos valores catastrales o bien porque los ayuntamientos eleven la parte impositiva que le aplican a esa base imponible.

 

Según los datos del Catastro consultados por ileon.com la mitad de los 211 municipios de la provincia de León tienen valores catastrales calculados en base al año 1994. Es decir, el valor catastral de los bienes está calculado sobre el precio de mercado de ese año. Éste es el motivo que lleva a muchos ayuntamientos a solicitar la revisión de los valores, ya que recalculando el valor catastral a precios actuales pueden lograr un sustancial incremento de la recaudación sin mover sus impuestos. La revisión del valor catastral se realiza siempre a petición de los consistorios, como ya lo hizo en la legislatura pasada el de Astorga, y sirve también para actualizar datos y detectar posibles fraudes realizados en los últimos años.

 

En el listado de municipios leoneses autorizados a esta revisión de los valores catastrales figuran ayuntamientos como Ponferrada (que no lo actualiza desde 1999), San Andrés del Rabanedo (última base en 2001), La Bañeza (2003), Sahagún (1994) o Valderas (1994). Algunos consistorios que piden la revisión lo hacen aunque la última actualización se hizo en los últimos años de la burbuja inmobiliaria como Cea (2011), La Robla (2007) o San Justo de la Vega (2006). Cabe recordar que la actualización del valor catastral puede suponer un incremento del mismo o una reducción, atendiendo a las condiciones de mercado que se calculen. Por ello una revisión de los valores ya calculados en época de auge inmobiliario podría provocar un descenso de las bases y por tanto una reducción de la recaudación municipal si se mantiene la presión fiscal y no se modifica. El valor catastral es, por norma general, el 50% del valor de mercado del bien inmueble según los criterios del Ministerio de Hacienda.

 

Pero aunque la aplicación de la actualización quede a expensas de conocer si finalmente hay Ley de Presupuestos 2017 o cómo se resuelve el asunto jurídicamente si se prorrogan los actuales, lo cierto es que el 'catastrazo' es limitado en caso de que toque subida de los valores de los bienes inmuebles. El procedimiento realizado por la Dirección General del Castastro sólo aplica un coeficiente de subida equivalente a un 10% anual aunque el valor se haya incrementado mucho más desde el último cálculo. El valor de la subida total se iría aplicando de forma progresiva en años sucesivos hasta que el valor sea equivalente al cálculo del mercado. En caso de que toque bajada del valor catastral este importe sí que se aplica de forma íntegra el año de su entrada en vigor.

 

Esta cuestión limita por tanto el incremento de recaudación de los ayuntamientos, que para subir más del 10% que se suele aplicar deberían subir la tasa de IBI que aplican. Y esto es importante ya que no son pocos los consistorios que por su débil situación financiera están sujetos a normas del Ministerio que les impiden un descenso de la recaudación para tener sus cuentas en orden, por lo que no pueden bajar los impuestos aunque el político de turno lo desee.

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