Redacción
Viernes, 27 de Septiembre de 2013

La bonificación de la tasa de depuración a los ganaderos no rebaja la tensión vecinal contra el Ayuntamiento

Las polémicas tasas por depuración de aguas en el Ayuntamiento de San Justo de la Vega vivió este jueves un nuevo capítulo, al aprobar el Pleno, con los votos del PP, la aplicación de una bonificación del 80% a partir de los 200 metros cúbicos de consumo, únicamente a los ganaderos con al menos 15 UGM -esto son 15 vacas o 100 ovejas- y que pongan un contador aparte para la explotación.

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La sesión plenaria había levantado una expectación inusual entre los vecinos. Un nutrido grupo de afectados, principalmente de Celada, asistió al Pleno en el que no se hizo alusión alguna a la situación en la que se encuentran los usuarios aguas abajo de la depuradora, esto es, de los pueblos de Celada y Nistal, que han visto cómo deben pagar por un servicio que no tienen. 

La decisión tomada por el grupo del PP deja exentos de pagar la tasa a los ganaderos que no tengan enganche al alcantarillado, como manifestó el concejal del PP y presidente de la Junta Vecinal de San Román, Ángel González. Esta circunstancia está favoreciendo que los vecinos viertan sus aguas libremente para no pagar sus tasas y producir un grave daño al medio ambiente, a la salud e higiene públicas, como se ha destacado en la queja presentada al Procurador del Común por un grupo de vecinos.

En la queja ante el defensor del pueblo de Castilla y León, firmada por vecinos de San Román, Celada y Nistal de la Vega, solicitan que se inste al Ayuntamiento de San Justo a que suprima o modifique la tasa impuesta, y a que el equipo de gobierno comparezca en acto público para dar las explicaciones pertinentes.

Según el escrito enviado al Procurador del Común, la tasa vulnera varios artículos de la Constitución Española, uno de ellos es el que establece un criterio de eficiencia y economía en la programación y ejecución del gasto público. La depuradora instalada en las proximidades de la playa fluvial de San Justo, se construyó para sanear los vertidos de 6.000 habitantes y solo da servicio a los pueblos de San Justo y San Román, por lo que los costes de mantenimiento son excesivamente elevados para una población mucho menor de la inicialmente prevista.  

Para los firmantes de la queja, se produce otro hecho "inaceptable": la cuota que se establece es excesiva y en absoluto se relaciona con el coste real o previsible del servicio, y grava por igual a los vecinos de las cuatro localidades. En el caso de los habitantes de Nistal y Celada, que carecen del servicio de depuración, vierten directamente al río tras pasar por unas fosas de decantación, para lo cual pagan a la Confederación Hidrográfica del Duero el canon de vertido correspondiente, el importe es trasladado a cada vecino con el concepto "canon de vertido" en los recibos del agua potable, por lo que podría producirse una doble imposición, argumentan.

En el escrito también señalan que existen fallos en el informe técnico porque no recoge la cantidad de agua consumida por los vecinos, un dato fundamental en el que se basa la imposición de la tasa. 

El malestar vecinal que han hecho llegar al Procurador del Común, se manifestó desde el primer día, aseguran los promotores de la queja, al existir errores en los recibos (que el ayuntamiento reconoció y acordó corregirlos), y cantidades desorbitadas que en muchas ocasiones superaban el precio del consumo de agua potable; siendo conocidos numerosos casos en los que superan los 500 y 600 euros, y en algunos incluso los 900 y 1.000 euros.
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