Redacción
Miércoles, 03 de Julio de 2013
El Consejo de Estado avala el modelo de Castilla y León sobre las mancomunidades y asociación voluntaria de municipios
El Consejo de Estado plantea al Gobierno que la asunción de competencias municipales para cumplir con eficacia y calidad los servicios que se prestan no pasa necesariamente por las diputaciones provinciales, sino que existen formulas alternativas como una mancomunidad o cualquier otra forma de asociación voluntaria de municipios. Esta es una de las observaciones que realiza el alto órgano consultivo en su dictamen al anteproyecto de ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, que prevé aprobar el Ejecutivo de Rajoy como base de su reforma local.
En su informe, el Consejo es critico con la regulación que realiza la norma elaborada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas sobre el coste estándar, que se plantea para medir la eficiencia de un servicio y que supone la pérdida del mismo por parte de los municipios en favor de las diputaciones si no se adecua a unos parámetros mínimos de calidad.
El coste estándar requiere de una regulación más completa, de mayor claridad y coherencia interna ya que la institución consultiva estima que, tal y como figura en la normativa, limita en “exceso” las competencias y la autonomía municipal. Además, considera que el debilitamiento de los municipios se hace con un fortalecimiento de otras entidades locales y en especial de las diputaciones provinciales, sobre las que recuerda que su elección no es directa.
“La aplicación de las medidas previstas en el anteproyecto podría incluso llegar a producir un vaciamiento competencial de los municipios, si bien seguirían existiendo como entidades municipales desprovistas de cometidos que directamente las involucren en asuntos públicos”, advierte el Consejo de Estado en su dictamen.
Precisamente, la Junta de Castilla y León envió un “informe critico” al Gobierno por entender que su reforma local vacía de competencias a los municipios a favor de las diputaciones y en el que se discrepa de que el coste estándar sea la fórmula para evaluar la calidad de un servicio frente al coste efectivo del mismo, que es el que propone el Ejecutivo de Herrera.
A la posición de la Junta se unió el acuerdo de comunidad que aprobaron las Cortes por unanimidad de la Cámara, en el que se reclama un trato específico y singular para la Comunidad en la reforma local, ya que tiene uno de cada cuatro municipios de España y es una de sus señas de identidad regional. Además del respeto a la autonomía local, la propuesta del Parlamento la eliminación del coste estándar para la evaluación de los servicios públicos y la no supresión de los servicios públicos locales que se puedan considerar como impropios por razones de sostenibilidad financiera sin un plazo mínimo de un año.
Coste estándar
En su dictamen, el Consejo de Estado incide en que la “falta de precisión” con que se regula el coste estándar puede provocar un “considerable impacto” en la efectividad de la autonomía local tanto en su contenido como en términos cuantitativos. El alto órgano consultivo ilustra tal aseveración con el ejemplo de que la asunción de competencias y servicios por las diputaciones provinciales en los supuestos de incumplimiento de esa variable por los municipios de menos de 20.000 habitantes afectaría a un 96,19 por ciento de los municipios españoles, es decir a 7.717 de los 8.116 existentes.
“No parece que el mantenimiento de las estructuras de municipios carentes de competencias se compadezca fácilmente con los objetivos de racionalización y eficiencia que impulsa”, sostiene el Consejo, que incide en que se valore la posibilidad de recoger en el anteproyecto otras fórmulas alternativas o suplementarias a las que en él se prevén, más respetuosas con la autonomía municipal y con la estructura de la normativa sobre estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, que podrían garantizar adecuadamente la efectividad de estos principios procurando un control de costes y la aplicación de economías de escala.
En esa línea, inscribe la posibilidad de regular la asunción de competencias municipales por otra entidad como facultativa en todo caso o como medida condicionada a la comprobación, a través de los oportunos trámites debidamente identificados y regulados en la ley, de su mayor idoneidad -que no necesariamente tiene que ser la Diputación Provincial, sino que también podría ser una mancomunidad o cualquier otra forma de asociación voluntaria de Municipios.
Además del reconocimiento de las mancomunidades y las asociaciones voluntarias de municipios para prestar los servicios, reconoce las entidades locales menores, cuyo mantenimiento se reclama desde Castilla y León.
En su informe, el Consejo es critico con la regulación que realiza la norma elaborada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas sobre el coste estándar, que se plantea para medir la eficiencia de un servicio y que supone la pérdida del mismo por parte de los municipios en favor de las diputaciones si no se adecua a unos parámetros mínimos de calidad.
El coste estándar requiere de una regulación más completa, de mayor claridad y coherencia interna ya que la institución consultiva estima que, tal y como figura en la normativa, limita en “exceso” las competencias y la autonomía municipal. Además, considera que el debilitamiento de los municipios se hace con un fortalecimiento de otras entidades locales y en especial de las diputaciones provinciales, sobre las que recuerda que su elección no es directa.
“La aplicación de las medidas previstas en el anteproyecto podría incluso llegar a producir un vaciamiento competencial de los municipios, si bien seguirían existiendo como entidades municipales desprovistas de cometidos que directamente las involucren en asuntos públicos”, advierte el Consejo de Estado en su dictamen.
Precisamente, la Junta de Castilla y León envió un “informe critico” al Gobierno por entender que su reforma local vacía de competencias a los municipios a favor de las diputaciones y en el que se discrepa de que el coste estándar sea la fórmula para evaluar la calidad de un servicio frente al coste efectivo del mismo, que es el que propone el Ejecutivo de Herrera.
A la posición de la Junta se unió el acuerdo de comunidad que aprobaron las Cortes por unanimidad de la Cámara, en el que se reclama un trato específico y singular para la Comunidad en la reforma local, ya que tiene uno de cada cuatro municipios de España y es una de sus señas de identidad regional. Además del respeto a la autonomía local, la propuesta del Parlamento la eliminación del coste estándar para la evaluación de los servicios públicos y la no supresión de los servicios públicos locales que se puedan considerar como impropios por razones de sostenibilidad financiera sin un plazo mínimo de un año.
Coste estándar
En su dictamen, el Consejo de Estado incide en que la “falta de precisión” con que se regula el coste estándar puede provocar un “considerable impacto” en la efectividad de la autonomía local tanto en su contenido como en términos cuantitativos. El alto órgano consultivo ilustra tal aseveración con el ejemplo de que la asunción de competencias y servicios por las diputaciones provinciales en los supuestos de incumplimiento de esa variable por los municipios de menos de 20.000 habitantes afectaría a un 96,19 por ciento de los municipios españoles, es decir a 7.717 de los 8.116 existentes.
“No parece que el mantenimiento de las estructuras de municipios carentes de competencias se compadezca fácilmente con los objetivos de racionalización y eficiencia que impulsa”, sostiene el Consejo, que incide en que se valore la posibilidad de recoger en el anteproyecto otras fórmulas alternativas o suplementarias a las que en él se prevén, más respetuosas con la autonomía municipal y con la estructura de la normativa sobre estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, que podrían garantizar adecuadamente la efectividad de estos principios procurando un control de costes y la aplicación de economías de escala.
En esa línea, inscribe la posibilidad de regular la asunción de competencias municipales por otra entidad como facultativa en todo caso o como medida condicionada a la comprobación, a través de los oportunos trámites debidamente identificados y regulados en la ley, de su mayor idoneidad -que no necesariamente tiene que ser la Diputación Provincial, sino que también podría ser una mancomunidad o cualquier otra forma de asociación voluntaria de Municipios.
Además del reconocimiento de las mancomunidades y las asociaciones voluntarias de municipios para prestar los servicios, reconoce las entidades locales menores, cuyo mantenimiento se reclama desde Castilla y León.






