Redacción
Jueves, 18 de Julio de 2013
¿Quién puede llevar las cuentas de las pedanías?
La Junta de Castilla y León pretende modificar la Ley de Régimen Local de Castilla y León (1998) para que personas “con capacidad suficiente”, como prevé la normativa estatal, puedan asumir las funciones de los secretarios en las entidades locales menores y cumplir con el mandato constitucional de rendir cuentas, como establece la Ley de Estabilidad Presupuestaria. Esta reforma se llevará a cabo mediante una enmienda al proyecto de Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno en el Territorio, que se debate en las Cortes y que podría aprobarse en septiembre.
Así lo explicó el consejero de la Presidencia y portavoz, José Antonio de Santiago-Juárez, en la comparecencia posterior al Consejo de Gobierno, que aprobó un decreto que regula las funciones de secretaría de las entidades locales menores. Sostuvo que la Junta suprimió hace 15 años la posibilidad de que determinados personas pudieran encargarse de las funciones de secretaría en las entidades locales debido al “volumen” de estas unidades en la Comunidad, que cuenta con 2.226, ya que el Ejecutivo consideró que podrían encargarse también de ellas los secretario municipales.
Sin embargo, la Junta quiere facilitar la rendición de cuentas a las entidades locales menores por lo que no sólo modificará la Ley de Régimen Local de la Comunidad, sino que aprobó un decreto que determina las funciones de secretaría e intervención en las entidades locales menores, que deberán ser desarrolladas por el secretario municipal, o por el servicio de asistencia y asesoramiento a municipios con el que cuentan las diputaciones y que financia el Ejecutivo autonómico.
Por tanto, De Santiago-Juárez, que reconoció la “falta de cultura” en la rendición de cuentas, sostuvo que el texto pretende distribuir el trabajo ya que en los municipios en los que existen sólo dos o tres entidades los secretarios pueden hacer frente a estas tareas. Sin embargo, insistió en que algunos tienen ocho o nueve, lo que supone un exceso de carga de trabajo, si bien recalcó que la formulación de cuentas de estas unidades es “sencilla” y diferente a la elaboración de los presupuestos generales de la Comunidad.
También, subrayó que no aumentarán el número de secretarios sino que el decreto concreta las reglas para el ejercicio de las funciones de secretaría e intervención en las pedanías, desarrollando la disposición adicional sexta de la ley autonómica, donde se indica que el ejercicio de estas funciones corresponderá al secretario del ayuntamiento del municipio al que pertenezcan o al servicio que con tal fin tenga establecido cada diputación provincial.
El decreto establece tres supuestos, en función de la clase de municipio donde se encuentren ubicadas las correspondientes entidades locales menores, diferenciando el de los municipios o agrupación de municipios cuyas funciones de secretaría e intervención se desempeñan de forma conjunta, que no superan los 5.000 habitantes, aquellos otros iguales o inferiores a 20.000 habitantes en los que las funciones de secretaría e intervención-tesorería están separadas, y aquellas que se prestan en municipios con más de 20.000 habitantes.
Secretaría e intervención
En aquellos municipios o agrupaciones de municipios cuyo puesto principal desarrolla conjuntamente las funciones de secretaría e intervención, el desempeño de éstas en las entidades locales menores -que afectaría en torno a 2.082 pedanías-, se llevará a cabo de varias formas. Estas tareas las ejercerá el secretario-interventor municipal y en su defecto y por exceso de carga de trabajo, con ayuda de otras administraciones con la firma de un acuerdo entre juntas vecinales, ayuntamiento y diputación. Si no es posible el acuerdo, el decreto pormenoriza obligatoriamente la distribución de las funciones, diferenciando por una parte las más cercanas y que requieren una intervención más directa que se encomiendan al secretario-interventor; y por otra, las que por su naturaleza pueden ser atendidas a distancia, que se desarrollarán por las diputaciones o el Consejo Comarcal de El Bierzo.
Respecto a los municipios o agrupación de municipios igual o inferior a 20.000 habitantes en los que las funciones de secretaría e intervención-tesorería están separadas -situación en la que se encuentran alrededor de 111 pedanías-, y aquellas que se desarrollan en los municipios con más de 20.000 habitantes -que afecta a 33 pedanías-, se contempla como única posibilidad la colaboración interadministrativa de cada ayuntamiento y las juntas vecinales con la respectiva diputación o el Consejo Comarcal de El Bierzo, mediante la firma de un convenio que permita cumplir dichas funciones, en los términos en que se pacte.
Ayudas
Por parte, el consejero de la Presidencia explicó que el Consejo de Gobierno fue informado de la concesión de las ayudas del año 2013 para los servicios de asistencia y asesoramiento a municipios (SAM) de las diputaciones provinciales y del Consejo Comarcal del Bierzo. Así, recibirán subvenciones importe de 2.941.000 euros, y otros 80.000 euros dirigidos a la realización de la encuesta de infraestructuras locales.
Las cuantías que corresponden para el funcionamiento del servicio de asistencia y asesoramiento son: Diputación de Ávila, 269.848 euros; Burgos, 398.745 euros; León, 377.480 euros; Palencia, 283.486 euros; Salamanca, 379.481 euros; Segovia, 242.941 euros; Soria, 207.429 euros; Valladolid, 308.489 euros, y Zamora, 272.988 euros; y la comarca de El Bierzo, 200.843 euros.
La cuantía destinada a la realización de la encuesta de infraestructuras locales para cada una de las diputaciones provinciales es de 8.756 euros.
La mejora de personal y funcionamiento de estos servicios de las diputaciones ha sido fomentada por la Administración autonómica desde 2005. Según la Junta, la cooperación económica general se ha incrementado en dos veces y media respecto a la que existía entonces y los entes locales se han comprometido a reestructurar estos servicios de manera homogénea y coordinada para darles mayor funcionalidad, al igual que se ha procedido con el Consejo Comarcal de El Bierzo en virtud del convenio marco de colaboración.
Así lo explicó el consejero de la Presidencia y portavoz, José Antonio de Santiago-Juárez, en la comparecencia posterior al Consejo de Gobierno, que aprobó un decreto que regula las funciones de secretaría de las entidades locales menores. Sostuvo que la Junta suprimió hace 15 años la posibilidad de que determinados personas pudieran encargarse de las funciones de secretaría en las entidades locales debido al “volumen” de estas unidades en la Comunidad, que cuenta con 2.226, ya que el Ejecutivo consideró que podrían encargarse también de ellas los secretario municipales.
Sin embargo, la Junta quiere facilitar la rendición de cuentas a las entidades locales menores por lo que no sólo modificará la Ley de Régimen Local de la Comunidad, sino que aprobó un decreto que determina las funciones de secretaría e intervención en las entidades locales menores, que deberán ser desarrolladas por el secretario municipal, o por el servicio de asistencia y asesoramiento a municipios con el que cuentan las diputaciones y que financia el Ejecutivo autonómico.
Por tanto, De Santiago-Juárez, que reconoció la “falta de cultura” en la rendición de cuentas, sostuvo que el texto pretende distribuir el trabajo ya que en los municipios en los que existen sólo dos o tres entidades los secretarios pueden hacer frente a estas tareas. Sin embargo, insistió en que algunos tienen ocho o nueve, lo que supone un exceso de carga de trabajo, si bien recalcó que la formulación de cuentas de estas unidades es “sencilla” y diferente a la elaboración de los presupuestos generales de la Comunidad.
También, subrayó que no aumentarán el número de secretarios sino que el decreto concreta las reglas para el ejercicio de las funciones de secretaría e intervención en las pedanías, desarrollando la disposición adicional sexta de la ley autonómica, donde se indica que el ejercicio de estas funciones corresponderá al secretario del ayuntamiento del municipio al que pertenezcan o al servicio que con tal fin tenga establecido cada diputación provincial.
El decreto establece tres supuestos, en función de la clase de municipio donde se encuentren ubicadas las correspondientes entidades locales menores, diferenciando el de los municipios o agrupación de municipios cuyas funciones de secretaría e intervención se desempeñan de forma conjunta, que no superan los 5.000 habitantes, aquellos otros iguales o inferiores a 20.000 habitantes en los que las funciones de secretaría e intervención-tesorería están separadas, y aquellas que se prestan en municipios con más de 20.000 habitantes.
Secretaría e intervención
En aquellos municipios o agrupaciones de municipios cuyo puesto principal desarrolla conjuntamente las funciones de secretaría e intervención, el desempeño de éstas en las entidades locales menores -que afectaría en torno a 2.082 pedanías-, se llevará a cabo de varias formas. Estas tareas las ejercerá el secretario-interventor municipal y en su defecto y por exceso de carga de trabajo, con ayuda de otras administraciones con la firma de un acuerdo entre juntas vecinales, ayuntamiento y diputación. Si no es posible el acuerdo, el decreto pormenoriza obligatoriamente la distribución de las funciones, diferenciando por una parte las más cercanas y que requieren una intervención más directa que se encomiendan al secretario-interventor; y por otra, las que por su naturaleza pueden ser atendidas a distancia, que se desarrollarán por las diputaciones o el Consejo Comarcal de El Bierzo.
Respecto a los municipios o agrupación de municipios igual o inferior a 20.000 habitantes en los que las funciones de secretaría e intervención-tesorería están separadas -situación en la que se encuentran alrededor de 111 pedanías-, y aquellas que se desarrollan en los municipios con más de 20.000 habitantes -que afecta a 33 pedanías-, se contempla como única posibilidad la colaboración interadministrativa de cada ayuntamiento y las juntas vecinales con la respectiva diputación o el Consejo Comarcal de El Bierzo, mediante la firma de un convenio que permita cumplir dichas funciones, en los términos en que se pacte.
Ayudas
Por parte, el consejero de la Presidencia explicó que el Consejo de Gobierno fue informado de la concesión de las ayudas del año 2013 para los servicios de asistencia y asesoramiento a municipios (SAM) de las diputaciones provinciales y del Consejo Comarcal del Bierzo. Así, recibirán subvenciones importe de 2.941.000 euros, y otros 80.000 euros dirigidos a la realización de la encuesta de infraestructuras locales.
Las cuantías que corresponden para el funcionamiento del servicio de asistencia y asesoramiento son: Diputación de Ávila, 269.848 euros; Burgos, 398.745 euros; León, 377.480 euros; Palencia, 283.486 euros; Salamanca, 379.481 euros; Segovia, 242.941 euros; Soria, 207.429 euros; Valladolid, 308.489 euros, y Zamora, 272.988 euros; y la comarca de El Bierzo, 200.843 euros.
La cuantía destinada a la realización de la encuesta de infraestructuras locales para cada una de las diputaciones provinciales es de 8.756 euros.
La mejora de personal y funcionamiento de estos servicios de las diputaciones ha sido fomentada por la Administración autonómica desde 2005. Según la Junta, la cooperación económica general se ha incrementado en dos veces y media respecto a la que existía entonces y los entes locales se han comprometido a reestructurar estos servicios de manera homogénea y coordinada para darles mayor funcionalidad, al igual que se ha procedido con el Consejo Comarcal de El Bierzo en virtud del convenio marco de colaboración.