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Martes, 09 de Junio de 2020

El Gobierno aprueba el decreto que regula cómo convivir con la pandemia en la 'nueva normalidad'

La normativa incluye la obligatoriedad de mascarillas en espacios públicos y fija las condiciones que deben mantener las Comunidades para evitar rebrotes.

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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el decreto de medidas que regirán en la llamanada 'nueva normalidad', es decir, las normas relativas a la pandemia que regirán mientras España convive con la Covid-19. En principio, ese periodo durará hasta que exista una vacuna o un tratamiento efectivo contra el coronarvius SARSCov-2.

 

Entre las medidas que recoge están la obligatoriedad de las mascarillas en espacios públicos y privados siempre y cuando no se puedan guardar las distancias de seguridad sanitaria. Además recoge las medidas que deben tener las Comunidades Autónomas por si surge un rebrote. Sin embargo, no habrá restricción de movimientos ni límite de personas para reunirse.

 

Esta nueva etapa se inaugurará cuando termine el estado de alarma el próximo 21 de junio. La portavoz del Gobierno, María Jesús Montero ha insistido en "un mensaje de prudencia y cautela. Sin vacuna o tratamiento, el virus sigue siendo una amenaza. No podemos pensar que el peligro ha pasado".

 

La ciudadanía deberá "aprender a convivir con el virus", ha asegurado el ministro de Sanidad, Salvador Illa, que reitera que la distancia social y una estricta higiene de manos son las mejores armas para luchar contra el coronavirus, aludiendo a la responsabilidad indiviual para vencer a la pandemia.

 

Algunas de las medidas aprobadas contemplan que las empresas de transporte de viajeros deberán mantener un mínimo de cuatro semanas la información personal de las personas que viajen, para poder realizar rastreos en caso de alerta sanitaria.

 

De la misma manera, "se contempla todas las medidas que ya estaban vigentes en centros de trabajo, centros sanitarios, centros comerciales...", ha subrayado el ministro de Sanidad. Así, en las empresas, tendrá que garantizarse que se puede guardar la distancia entre trabajadores y organizar los accesos de manera que tampoco se produzcan concentraciones al entrar o salir.

 

En materia de medicamentos se faculta a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios recabar información sobre la fabricación y, eventualmente, organizar la fabricación de este tipo de productos para garantizar existencias suficiente. También podrán otorgar licencias excepcionales para autorizar esas fabricaciones necesarias.

 

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