La Junta aprueba el proyecto de decreto de zonas vulnerables a la contaminación por nitratos en las que se incluye al Páramo
Las zonas vulnerables incluyen no solamente a aquellos municipios donde se detecta la contaminación, sino que incluye otros municipios próximos, ya que la contaminación puede estar introduciéndose en un sitio y detectándose en otro.
![[Img #49972]](http://astorgaredaccion.com/upload/images/06_2020/7322_img_7648.jpg)
La contaminación por nitratos de las aguas es un problema de salud pública, ya que limita el abastecimiento de agua a las poblaciones afectadas y obliga a disponer de costosos sistemas de depuración; además, desde el punto de vista medioambiental se produce una contaminación por exceso de nutrientes, provocando con ello pérdidas de biodiversidad en los ecosistemas. El origen de este nitrógeno que contamina las aguas deriva, al menos en parte, de los excesos de aportes nitrogenados a los cultivos con fines de fertilización realizados con abonos químicos y abonos orgánicos.
El texto del Decreto aprobado hoy declara 24 zonas vulnerables, entre ellas la zona 'Páramos de León'. Es una propuesta muy ambiciosa, que aumenta en más de 10.000 kilómetros cuadrados la superficie de la Comunidad declarada como zona vulnerable, pasando de 2.340 kilómetros cuadrados a 14.414. Esto supone tener una figura de protección sobre el 15 % de la superficie de la Comunidad, que representa el 20 % de la superficie agraria útil de Castilla y León.
Las zonas vulnerables incluyen no solamente a aquellos municipios donde se detecta la contaminación, sino que incluye otros municipios próximos, ya que la contaminación puede estar introduciéndose en un sitio y detectándose en otro.
La elaboración del texto, que revisa el Decreto 40/2009, de 25 de junio, ha sido fruto de un largo proceso que ha pretendido recoger todas las evidencias científicas detectadas, así como los intereses y sensibilidades de todos los sectores de la Comunidad. El decreto es exigencia europea, de conformidad con la ‘Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991’, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura.
Un equipo de investigadores dirigido por el catedrático de Fisiología de la Universidad de León, Julio Prieto, estudió las consecuencias en la salud del consumo continuado de agua con una determinada concentración de nitratos por si puede llegar a desencadenar cáncer gástrico, ante la alta incidencia de este tipo de cáncer en el Páramo, el Órbigo y la Sobarriba, zonas con agricultura intensiva en la que se utilizan fertilizantes.
Con el Decreto se aprobará también el Código de Buenas Prácticas Agrarias (CBPA), cuyo objetivo es poner a disposición del sector agrario la información necesaria para que la actividad que se desarrolle no perjudique la capacidad edáfica de los suelos – es decir su naturaleza y composición, como su pH, humedad, contenido de nutrientes, composición química, etc.- , y mantenga la calidad de los mismos, mejore la productividad de los cultivos, adopte medidas preventivas frente a la contaminación nitrogenada de las aguas; en definitiva, para que realice una actividad agrícola racional.
La implicación para los agricultores afectados es básicamente que deberán desarrollar planes de fertilización que tengan en cuenta todos los aportes de nitrógeno que tiene el cultivo, como por ejemplo, los nitratos en las aguas de riego, restos de las cosechas anteriores o de anteriores aportes, etc., todo ello con la finalidad de evitar aportar excesos de nitrógeno en los cultivos, que son los que provocan esta contaminación.
El CBPA incluido en el Proyecto de Decreto en su Anexo II será el marco de referencia para el desarrollo de una agricultura compatible con el medio ambiente, en consonancia con una utilización racional de los fertilizantes nitrogenados y, además, será la base para el desarrollo de los programas de actuación mucho más concretos y específicos para cada una de las zonas vulnerables designadas.
El CBPA tiene carácter obligatorio en esas zonas y voluntario en el resto, aunque la Consejería de Fomento y Medio Ambiente dispondrá de un plazo de un año para tras la publicación de la Orden que apruebe el programa de actuación para las zonas designadas como vulnerables, que estará basado en las directrices establecidas en el Código de Buenas Prácticas Agrarias, y que será de obligado cumplimiento en esas zonas de Castilla y León.
El Consejo Agrario de Castilla y León conoció el texto del decreto en su reunión del pasado mes de mayo.
![[Img #49972]](http://astorgaredaccion.com/upload/images/06_2020/7322_img_7648.jpg)
La contaminación por nitratos de las aguas es un problema de salud pública, ya que limita el abastecimiento de agua a las poblaciones afectadas y obliga a disponer de costosos sistemas de depuración; además, desde el punto de vista medioambiental se produce una contaminación por exceso de nutrientes, provocando con ello pérdidas de biodiversidad en los ecosistemas. El origen de este nitrógeno que contamina las aguas deriva, al menos en parte, de los excesos de aportes nitrogenados a los cultivos con fines de fertilización realizados con abonos químicos y abonos orgánicos.
El texto del Decreto aprobado hoy declara 24 zonas vulnerables, entre ellas la zona 'Páramos de León'. Es una propuesta muy ambiciosa, que aumenta en más de 10.000 kilómetros cuadrados la superficie de la Comunidad declarada como zona vulnerable, pasando de 2.340 kilómetros cuadrados a 14.414. Esto supone tener una figura de protección sobre el 15 % de la superficie de la Comunidad, que representa el 20 % de la superficie agraria útil de Castilla y León.
Las zonas vulnerables incluyen no solamente a aquellos municipios donde se detecta la contaminación, sino que incluye otros municipios próximos, ya que la contaminación puede estar introduciéndose en un sitio y detectándose en otro.
La elaboración del texto, que revisa el Decreto 40/2009, de 25 de junio, ha sido fruto de un largo proceso que ha pretendido recoger todas las evidencias científicas detectadas, así como los intereses y sensibilidades de todos los sectores de la Comunidad. El decreto es exigencia europea, de conformidad con la ‘Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991’, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura.
Un equipo de investigadores dirigido por el catedrático de Fisiología de la Universidad de León, Julio Prieto, estudió las consecuencias en la salud del consumo continuado de agua con una determinada concentración de nitratos por si puede llegar a desencadenar cáncer gástrico, ante la alta incidencia de este tipo de cáncer en el Páramo, el Órbigo y la Sobarriba, zonas con agricultura intensiva en la que se utilizan fertilizantes.
Con el Decreto se aprobará también el Código de Buenas Prácticas Agrarias (CBPA), cuyo objetivo es poner a disposición del sector agrario la información necesaria para que la actividad que se desarrolle no perjudique la capacidad edáfica de los suelos – es decir su naturaleza y composición, como su pH, humedad, contenido de nutrientes, composición química, etc.- , y mantenga la calidad de los mismos, mejore la productividad de los cultivos, adopte medidas preventivas frente a la contaminación nitrogenada de las aguas; en definitiva, para que realice una actividad agrícola racional.
La implicación para los agricultores afectados es básicamente que deberán desarrollar planes de fertilización que tengan en cuenta todos los aportes de nitrógeno que tiene el cultivo, como por ejemplo, los nitratos en las aguas de riego, restos de las cosechas anteriores o de anteriores aportes, etc., todo ello con la finalidad de evitar aportar excesos de nitrógeno en los cultivos, que son los que provocan esta contaminación.
El CBPA incluido en el Proyecto de Decreto en su Anexo II será el marco de referencia para el desarrollo de una agricultura compatible con el medio ambiente, en consonancia con una utilización racional de los fertilizantes nitrogenados y, además, será la base para el desarrollo de los programas de actuación mucho más concretos y específicos para cada una de las zonas vulnerables designadas.
El CBPA tiene carácter obligatorio en esas zonas y voluntario en el resto, aunque la Consejería de Fomento y Medio Ambiente dispondrá de un plazo de un año para tras la publicación de la Orden que apruebe el programa de actuación para las zonas designadas como vulnerables, que estará basado en las directrices establecidas en el Código de Buenas Prácticas Agrarias, y que será de obligado cumplimiento en esas zonas de Castilla y León.
El Consejo Agrario de Castilla y León conoció el texto del decreto en su reunión del pasado mes de mayo.







