Redacción
Jueves, 17 de Junio de 2021

La Junta declara nivel 1 de alerta sanitaria por el bajo riesgo de contagios de covid

El nuevo nivel de alerta sanitaria se activa este viernes con la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, situando los aforos en el 75%, aunque sigue vigente la obligatoriedad de la distancia entre personas y el uso de la mascarilla, entre otras.

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Castilla y León pasa a nivel 1 este viernes ante la mejora de los indicadores sanitarios que reflejan una situación actual de “riesgo bajo, con brotes complejos o transmisión comunitaria limitada”.

 

En la hostelería, se permite el consumo en barra y de pie en el interior, con una limitación de aforo al 75 % y de un máximo de 25 personas por mesa o agrupaciones de mesas; en terrazas, no hay límite de aforo para las mesas y una ocupación máxima también de 25 personas. En todo caso, en ambos espacios sigue vigente el cumplimiento de la separación entre sillas de mesas y de agrupaciones de mesas, de dos metros en interior y de 1,5 m en terraza, para que se permita la distancia interpersonal de seguridad y el uso de la mascarilla obligatorio, con la excepcionalidad del momento del consumo de alimentos o bebidas.

 

En cuanto a los horarios establecidos para el nivel 1 para los establecimientos hosteleros y de restauración, en interior como en terrazas, serán los recogidos en las licencias de autorización de actividad de las ordenanzas municipales.

 

En cuanto al ocio nocturno, las discotecas tendrán un aforo del 50% y los pubs, karaokes y similares del 75%. El horario de cierre será el establecido según las ordenanzas municipales.

 

En el nivel 1 se permite el consumo de alimentos y bebidas en salas de cine, eventos deportivos con público y plazas de toros Estas mismas circunstancias se aplicarán al consumo de alimentos y bebidas tanto en eventos deportivos con público en instalaciones deportivas, como en plazas, recintos e instalaciones taurinas.

 

Por último, en cuanto a aforos en instalaciones deportivas y centros deportivos dedicados a la actividad física y deportiva no oficial, la actividad físico-deportiva podrá realizarse, garantizando la distancia de seguridad y la adecuada ventilación, respectando las reglas en función del nivel de alerta sanitaria pandémica vigente: en nivel 1, sin límite de aforo en espacios al aire libre y del 85 % máximo en cerrados.

 

Se mantiene las obligaciones generales de cautela y protección, referidas al uso de la mascarilla y la distancia de seguridad, en las condiciones establecidas y la recomendación del lavado frecuente de manos; también la obligación de colaborar en la información necesaria para la trazabilidad de contactos y el cumplimiento de situaciones y prescripciones en aislamientos y cuarentenas; la prohibición de fumar en vía pública si no se puede asegurar los dos metros de distancia de seguridad, así como totalmente en terrazas de hostelería; y de comer y beber en ese mismo espacio de uso común si tampoco es posible mantener la distancia de seguridad interpersonal y fuera del espacio de convivencia estable.

 

En el nivel 1 de alerta sanitaria continúan las recomendaciones generales referidas a relaciones sociales y laborales y al deporte individual, entre otros ámbitos, junto con las indicadas para la higiene, desinfección y prevención en cualquier actividad y estadio pandémico; también la referida a la disponibilidad de sistemas de ventilación y de medidores de CO2 en establecimientos abiertos al público.

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