Redacción
Martes, 02 de Diciembre de 2014

Concedidas 219 ayudas económicas a la atención de necesidades básicas en la provincia

La Diputación de León ha concedido hasta el mes de octubre 219 ayudas económicas destinadas a la atención de necesidades básicas de subsistencia en situaciones de urgencia social, que afectan a un total de 549 personas. El importe global de este apoyo alcanza 302.600 euros.

 

La Diputación presta este servicio en el contexto del Acuerdo Marco firmado entre la institución provincial y la Gerencia de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta de Castilla y León. En virtud de este acuerdo, este tipo de ayudas cuentan con un presupuesto total de 460.000 euros, después de que, consciente del mantenimiento de la crisis económica y el grave impacto sobre el gran número de familias de la provincia, la Diputación decidió aumentar en el mes de septiembre en 30.000 euros la partida destinada a este apoyo.

 

La prestación económica en situaciones de urgencia social es una ayuda temporal, inembargable, extraordinaria, de pago único y compatible con cualquier otro recurso, ingreso o prestación. Tiene como finalidad la atención, de forma temporal, de la cobertura de las necesidades básicas de subsistencia para intentar evitar o paliar situaciones de exclusión social.

 

Entre las ayudas que se han concedido en las diferentes localidades de la provincia se encuentran la reparación de elementos de la vivienda, el mantenimiento de la luz, manutención, deudas, alquileres, cuidados de salud, hipotecas, vestido

 

Se conceden en base a un informe social que es elaborado por los trabajadores sociales de los Equipos de Acción Social Básica correspondiente a la Zona de Acción Social de residencia de las personas que lo solicitan. En este informe se hace constar la existencia de una situación de urgencia social y la valoración de la idoneidad de la prestación, así como la imposibilidad de ser resuelta a través de otros recursos sociales. Además, se reflejan las circunstancias de los integrantes de cada familia o de convivencia y los derechos económicos que les pudiera corresponder, incluidas las pensiones compensatorias para casos de separación o divorcio y las prestaciones alimenticias de parientes obligados a ello que pudieran hacerlo sin desatender las necesidades propias. También, las necesidades a cuya cobertura irá destinada la prestación.

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