Incredulidad en Astorga por la denuncia sobre el mantenimiento de símbolos franquistas
Eduardo Ranz, abogado especializado en Derechos Humanos ha presentado una denuncia contra 38 alcaldes de España, entre ellos Victorina Alonso, que ha mostrado su sorpresa por el "desconocimiento" que el abogado tiene sobre la realidad actual en la ciudad. Según el astorgano Antonio Martínez, que luchó por la retirada de escudos y calles del régimen anterior, en la ciudad ya no existe ningún vestigio destacable del Franquismo.
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Con incredulidad y sorpresa se ha recibido en Astorga la noticia de la denuncia interpuesta por el abogado especializado en Derechos Humanos Eduardo Ranz contra la alcaldesa de Astorga (que se encuentra en el paquete de denuncias a otros 37 alcaldes españoles), por un supuesto delito de desobediencia que habrían cometido al vulnerar la Ley de Memoria Histórica, que obliga a las administraciones a retirar la simbología franquista.
La denuncia, según ha confirmado a Astorga Redacción el abogado Eduardo Ranz, se centra en la placa con el yugo y las flechas de la fachada del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas (C/ Ramiro I-32, y C/ Ramiro I-34), una placa que se encuentra en diversos edificios de viviendas de protección oficial construidos entre 1960 y 1970 en la ciudad -no solamente en el que figura en la demanda judicial-.
El primer sorprendido ha sido Antonio Martínez, el astorgano que hace más de una década luchó por la retirada de los símbolos y calles con nombres del régimen anterior a la Constitución de 1978. Este astorgano del barrio de Rectivía que hoy reside fuera de la ciudad, ha señalado que a día de hoy no existe ningún vestigio destacable del Franquismo en la ciudad, porque los nombres de las calles han sido cambiados, entre ellas la del General Queipo de Llano pasó a llamarse Doctor Fleming o la de Onésimo Redondo se denomina ahora Moissac. Y en cuanto a los símbolos, el escudo que quedaba en la fachada del Colegio Público 'González Álvarez' ya ha desaparecido. Para Antonio Martínez, las placas de los edificios de viviendas de protección oficial "desde mi punto de vista, no tiene sentido quitarlas y sirven como referencia histórica".
La alcaldesa del PSOE también ha mostrado su sorpresa por "el desconocimiento" sobre Astorga que ha demostrado el abogado porque en la ciudad "no existe ningún vestigio" de aquel momento histórico. Por ello, confía en que "venga a comprobarlo y retire la denuncia".
La denuncia fue interpuesta coincidiendo con el aniversario de la proclamación de la Primera República, y está basada en el artículo 15 de Ley de Memoria Histórica que obliga a las Administraciones Públicas a tomar las medidas oportunas para retirar los escudos, las insignias, las placas y otros objetos o menciones conmemorativas de la "exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la dictadura". Acusa a los regidores de un delito de desobediencia tipificado en el artículo 410 del Código Penal, que lleva aparejado una multa de tres a doce meses y una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años. De forma subsidiaria, el abogado cree que los hechos podrían ser constitutivos de una falta contra el orden público del 634 del Código Penal, que contempla una pena de multa de diez a sesenta días.
Con incredulidad y sorpresa se ha recibido en Astorga la noticia de la denuncia interpuesta por el abogado especializado en Derechos Humanos Eduardo Ranz contra la alcaldesa de Astorga (que se encuentra en el paquete de denuncias a otros 37 alcaldes españoles), por un supuesto delito de desobediencia que habrían cometido al vulnerar la Ley de Memoria Histórica, que obliga a las administraciones a retirar la simbología franquista.
La denuncia, según ha confirmado a Astorga Redacción el abogado Eduardo Ranz, se centra en la placa con el yugo y las flechas de la fachada del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas (C/ Ramiro I-32, y C/ Ramiro I-34), una placa que se encuentra en diversos edificios de viviendas de protección oficial construidos entre 1960 y 1970 en la ciudad -no solamente en el que figura en la demanda judicial-.
El primer sorprendido ha sido Antonio Martínez, el astorgano que hace más de una década luchó por la retirada de los símbolos y calles con nombres del régimen anterior a la Constitución de 1978. Este astorgano del barrio de Rectivía que hoy reside fuera de la ciudad, ha señalado que a día de hoy no existe ningún vestigio destacable del Franquismo en la ciudad, porque los nombres de las calles han sido cambiados, entre ellas la del General Queipo de Llano pasó a llamarse Doctor Fleming o la de Onésimo Redondo se denomina ahora Moissac. Y en cuanto a los símbolos, el escudo que quedaba en la fachada del Colegio Público 'González Álvarez' ya ha desaparecido. Para Antonio Martínez, las placas de los edificios de viviendas de protección oficial "desde mi punto de vista, no tiene sentido quitarlas y sirven como referencia histórica".
La alcaldesa del PSOE también ha mostrado su sorpresa por "el desconocimiento" sobre Astorga que ha demostrado el abogado porque en la ciudad "no existe ningún vestigio" de aquel momento histórico. Por ello, confía en que "venga a comprobarlo y retire la denuncia".
La denuncia fue interpuesta coincidiendo con el aniversario de la proclamación de la Primera República, y está basada en el artículo 15 de Ley de Memoria Histórica que obliga a las Administraciones Públicas a tomar las medidas oportunas para retirar los escudos, las insignias, las placas y otros objetos o menciones conmemorativas de la "exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la dictadura". Acusa a los regidores de un delito de desobediencia tipificado en el artículo 410 del Código Penal, que lleva aparejado una multa de tres a doce meses y una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años. De forma subsidiaria, el abogado cree que los hechos podrían ser constitutivos de una falta contra el orden público del 634 del Código Penal, que contempla una pena de multa de diez a sesenta días.